Pensión de orfandad del IESS: ¿hasta qué edad la reciben los hijos?

La pensión de orfandad del IESS es una prestación de montepío destinada a los hijos de un afiliado o jubilado fallecido que cumpla los requisitos establecidos.

Los hijos pueden recibirla hasta cumplir 18 años, siempre que no estén incapacitados para trabajar.

En el caso de hijos con incapacidad para el trabajo, la pensión puede mantenerse después de esa edad, bajo determinadas condiciones.

Para generar este beneficio, el afiliado fallecido debe haber cumplido, en general, con al menos 60 imposiciones mensuales o encontrarse dentro del período de protección del seguro de muerte.